Salir de ASNEF
Vía 1
Es lo más directo. Cuando pagas, la empresa debe comunicar al fichero que la deuda está saldada y tus datos deben desaparecer. Pide siempre un justificante de pago y, unos días después, comprueba que ya no apareces.
Vía 2
Muchas empresas, sobre todo las que han comprado deudas antiguas, aceptan cobrar menos de lo que les debes o en plazos. Pide por escrito el acuerdo y que confirmen que solicitarán tu baja del fichero cuando pagues.
Vía 3
Si la deuda no es tuya, ya está pagada, tiene más de 5 años o no te avisaron antes, la inclusión no cumple la ley. Puedes ejercer el derecho de supresión ante Equifax y ante la empresa que te incluyó. Si no responden en un mes o te lo deniegan sin motivo, reclama ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Primero consulta qué deuda aparece: te lo explicamos en cómo saber si estoy en ASNEF.
Vía 4
Si tus deudas son más de lo que puedes pagar, existe una salida legal: la Ley de Segunda Oportunidad. Permite a particulares y autónomos de buena fe cancelar deudas que no pueden pagar. Cuando las deudas quedan canceladas, también desaparecen de los ficheros.
Preguntas frecuentes
La empresa debe comunicarlo sin demora. En la práctica, suele tardar entre unos días y un mes. Guarda el justificante de pago.
Sí, si la inclusión es incorrecta (no te avisaron, la deuda no es tuya o tiene más de 5 años) o si cancelas la deuda con la Ley de Segunda Oportunidad.
Desaparece del fichero, pero la deuda puede seguir existiendo y reclamándose si no ha prescrito.
Sobre este contenido
Equipo editorial de Microcréditos con ASNEF
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